Arrecife (Lanzarote) (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado reabrir la causa por falso testimonio contra el senador y expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés (CC), tras estimar los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y la acusación particular.
En abril de 2024, el magistrado del Tribunal Supremo que instruía ese procedimiento por denuncia falsa y falso testimonio decidió archivarlo, en un auto que ahora corrige la Sala de lo Penal.
El procedimiento se inició por la denuncia de la familia del empresario Antonio González, ya fallecido, de la empresa Climafrical, que estuvo investigado por presuntas irregularidades en la contratación por los Centros de Arte, Cultura y Turismo, en un caso que luego terminó archivado.
San Ginés compareció en 2009 ante la Guardia Civil, pocas semanas después de acceder a la presidencia del Cabildo de Lanzarote, para denunciar esas presuntas irregularidades que afectaban al entonces consejero del PSOE, Carlos Espino, el denunciante del ‘caso Unión’, la mayor trama de corrupción en juzgada hasta la fecha en Lanzarote.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife decretó en septiembre de 2022 la apertura de juicio oral y la Fiscalía llegó a pedir una condena de año y medio de prisión para San Ginés por considerar que faltó a la verdad en una causa criminal.
La familia de González se querelló contra San Gines una vez que fue archivada la causa relativa los Centros.
El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife iba a celebrar el juicio, pero tuvo que elevarlo al Supremo por la condición de aforado del senador, que adquirió en julio de 2023, al nombrado para tal responsabilidad por el Parlamento de Canarias (senador autonómico).
En el auto, fechado el pasado 9 de abril, el Tribunal Supremo establece que «resulta incontrovertido» que San Ginés compareció ante la Guardia Civil de Costa Teguise para poner en conocimiento irregularidades en la contratación de determinados servicios.
El Supremo considera que el archivo de la causa es «precipitado», ya que la instrucción está avalada por la Audiencia de Las Palmas y desarrollada con anterioridad a la adquisición de la condición de aforado por parte de San Ginés.
Señala que haya «una base indiciaria sustentada en un análisis del material que la investigación judicial consiguió acumular, que dista de poder ser tachado de extravagante o arbitrario».
Destaca que, las informaciones que aportó San Ginés como compareciente «no se sustentan en conclusiones oficiales a las que hubiera tenido acceso por su cargo, ya que no consta informe oficial», sino que aportó un informe elaborado por los servicios jurídicos de Coalición Canaria, lo que «avalaría una actuación del aforado investigado motivada en intereses partidistas». EFE