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La reducción del tipo impositivo en 5 puntos básicos, hasta el 0,62%, beneficiará al 98,9% de los recibos de la ciudad.
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Durante este periodo, que estará abierto hasta el 28 de noviembre, se deberán realizar los pagos del IBI urbano, rústico y de características especiales (IBICE), así como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), las tasas de basura comercial, de puestos en rastros y ferias, de hamacas y embarcaciones, cajeros automáticos y vallas publicitarias.
Las Palmas de Gran Canaria. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha abierto el segundo periodo voluntario de pago de tributos e impuestos municipales correspondiente al ejercicio 2025, que incluye una rebaja del tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano, beneficiando al 98,9% de los recibos.
El concejal de Presidencia, Hacienda, Modernización y Recursos Humanos, Francisco Hernández Spínola, ha recordado que esta reducción del IBI responde al compromiso del grupo de gobierno con el alivio fiscal a las familias. La disminución del tipo impositivo del IBI en cinco puntos básicos, hasta el 0,62%, supondrá un ahorro medio del 7,5% en los recibos.
Además, en cuanto a los usos no residenciales, también se reducirá el tipo del gravamen al 0,62%, a excepción del 10% de los inmuebles de mayor valor catastral, es decir, aquellos que superen los 75.000 euros, tal como lo establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Para este 10% de mayor valor catastral, que representa únicamente el 1,07% de los recibos, el tipo se mantendrá en el 0,67%.
Este segundo periodo voluntario de pago estará vigente hasta el 28 de noviembre. Durante este periodo, además del IBI urbano, se deberán abonar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales y de naturaleza rústica, junto con el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Asimismo, se incluyen la tasa por ocupación del suelo y vuelo de la vía pública con instalaciones publicitarias, así como la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, aplicable a actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas, de restauración y hospedaje, financieras y de ocio. También se deberá pagar la tasa por ocupación del dominio público mediante cajeros automáticos.
Además, se deberá abonar el segundo semestre de la tasa de ocupación del dominio público local para puestos del rastro y feria, así como el segundo semestre de la tasa por ocupación de las playas con hamacas y embarcaciones.
En lo que respecta a la tasa por ocupación de la vía pública con quioscos, los plazos voluntarios de pago serán trimestrales. De esta manera, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre se deberá abonar el tercer trimestre del año, y el cuarto se pagará entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
Pago de tasas
El concejal de Hacienda resalta que el cumplimiento en el abono de estos recibos dentro del plazo voluntario evita recargos por mora. En este sentido, el Ayuntamiento ofrece a la ciudadanía varias opciones para facilitar este proceso.
La ciudadanía podrá solicitar la domiciliación del pago de estos impuestos y tasas o notificar cambios en la cuenta bancaria desde la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento (https://laspalmasgc.tributoslocales.es/350163/APALMASGC), presentando el mandato de adeudo domiciliado cumplimentado y firmado, que se puede obtener en la web del Ayuntamiento, junto con el documento justificativo del número de cuenta en la que se realizarán los cargos (será válido cualquier recibo domiciliado o certificado de titularidad de cuenta).
Aquellas personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración podrán realizar este trámite de manera presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente, previa solicitud de cita a través de http://www.laspalmasgc.es o mediante el servicio de atención telefónica 010. Si llama desde fuera del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, debe marcar el 928 446 000.
La domiciliación es una forma de pago cómoda y sencilla que garantiza el pago sin recargo durante el periodo voluntario y evita las molestias de realizar el pago de forma presencial a través de entidades financieras, así como la preocupación de recordar las distintas fechas del calendario fiscal anual.