La Consejería publica en el BOC la resolución definitiva por la que se destinan 1.550.398,73 euros para paliar la pobreza energética en familias vulnerables en las islas
La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, adscrita a la Consejería de Bienestar Social, igualdad, Juventud, Infancia y Familias, ha publicado en el BOC la resolución definitiva por la que se financia el bono social térmico que permitirá el descenso de la factura de la luz a 35.624 familias canarias en la convocatoria de 2023.
Aquellas personas que en el anexo de la Resolución aparezcan en el apartado de Código Cuenta Cliente en blanco, deberán facilitar la cuenta corriente donde quieren recibir el abono, adjuntando el documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. Podrán hacerlo en la sede electrónica del Gobierno de Canarias o a través de cualquier oficina de registro habilitada con destino a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales e Inmigración Tenerife). También, en el caso de que el número de cuenta que aparece en la resolución sea incorrecto o haya variado, deberán rellenar el formulario para modificar los datos o renunciar.
La directora general de Servicios Sociales e Inmigración, Elisabeth Santana, explica que “el Bono Social Térmico es una ayuda directa que se concede a las familias más vulnerables, destinada a compensar los gastos de suministro de energía para los usos térmicos del hogar”. “Inicialmente se fijó entre 25 y 124 euros según la zona climática de residencia, -añade- ya que el objetivo es complementar los costes de calefacción, cocina y agua caliente sanitaria por lo que es mayor para las personas residentes en aquellas zonas con condiciones climáticas más frías, asimismo para los casos considerados vulnerables severos la cuantía de la ayuda se incrementa un 60%, situándose el importe mínimo para este grupo en 40 euros”.
El Bono es una ayuda complementaria al Bono Social de Electricidad de la que se benefician 45.459 personas en Canarias según datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico a 30 de junio de 2025.
El Bono Social Térmico (BST) no hay que solicitarlo y son las compañías eléctricas las que facilitan la información necesaria sobre las personas titulares del Bono Social de Electricidad a 31 de diciembre de cada año, y con dicha información se elaboran los listados de beneficiarios del BST para cada convocatoria.
El procedimiento de concesión del BST viene recogido en el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de consumidores, atendiendo al grado de vulnerabilidad de la familia y la zona climática en la que se localice la vivienda.
El plazo de subsanación o Renuncia, comenzó este lunes 4 de agosto y finalizará el próximo 1 de septiembre en la sede electrónica.
La Dirección General de Servicios Sociales informa de la obligación de que la persona titular de la Cuenta Bancaria coincida con la beneficiaria de la ayuda y facilita los enlaces para aportar la documentación pertinente: el formulario de aportación del código IBAN y el formulario para modificar los datos o renunciar.