Madrid (EFE).- El Tribunal Supremo ha dicho constatar que el Gobierno está trabajando para tramitar las solicitudes de los menores migrantes no acompañados solicitantes de asilo en Canarias, pero ha insistido en que debe avanzar hacia su «pronta y completa» integración en el sistema de acogida de protección internacional.
Así lo ha señalado el alto tribunal en un auto, dado a conocer este miércoles, en el que analiza los pasos dados por el Ejecutivo para cumplir con su orden, emitida el pasado mes de marzo, de que acoja en sus recursos a los jóvenes peticionarios de protección internacional.
En su escrito, el Supremo dice haber constatado, a través de la documentación aportada por el Gobierno, que este ha iniciado «casi la totalidad» de los expedientes para resolver las solicitudes de protección internacional, uno de los requerimientos que había hecho el Supremo.

Pero respecto al segundo extremo, consistente en la completa integración de los menores en el sistema de acogida para solicitantes de asilo, el auto destaca que solo se ha cumplido con un reducido número de afectados.
El tribunal dice ser consciente de las dificultades para llevar a cabo esta integración por la carencia de instalaciones del Estado para las especiales condiciones de estos menores pero subraya que, «a la vista de las circunstancias extremas en que se encuentran», la situación requiere de actuaciones «igualmente excepcionales».
Y subraya que «el incumplimiento de lo ordenado comporta un riesgo manifiesto», ya que esta demora, tratándose de menores, puede ocasionar que dejen de serlo y, además, «para mayor agravamiento», siguen llegando jóvenes a las islas en pateras o cayucos, lo que puede aumentar el número de afectados y dificultar aún más la gestión.
Pide dejar fuera la falta de colaboración de las comunidades
El Supremo ha dictado este auto, del que ha sido ponente el magistrado Wenceslao Olea, tras recibir las alegaciones -«junto a una extensa documentación»- del Estado y las del Gobierno de Canarias, «en gran parte coincidente» con las del primero, sobre los pasos dados para cumplir con las medidas cautelares dictadas.
En él, se refiere a la petición del Gobierno central de que le diera su aval para llevar a cabo los traslados de los jóvenes a sus recursos en otras comunidades autónomas después de que autonomías como Madrid se hayan opuesto frontalmente a recibir a los jóvenes en su territorio, aunque vayan a ser atendidos en recursos del Estado.
A este respecto, el Supremo señala que «no está de más dejar fuera del presente debate cualquier discusión relativa a la colaboración del resto de comunidades autónomas», ya que, considera que esta cuestión se refiere a los menores en general y no a la situación específica de los solicitantes de asilo.
El alto tribunal también aclara al Estado su consideración, que se desprende de sus alegaciones, de que el cumplimiento de lo ordenado exige una actuación conjunta con otras administraciones: «No es cierto», le responde en el auto.
Actuaciones
El mandato exige que la administración central lleve a cabo «por sí misma» las actuaciones y, aunque el Ejecutivo de Canarias debe colaborar, esto no significa que asuma las obligaciones propias de tales mandatos «que, como se recuerda en el primero de los autos, es materia de competencia estatal», subraya el Supremo.
El auto destaca que el Gobierno no ha cumplido en el plazo establecido con el mandato del alto tribunal de informar sobre los pasos dados para cumplir con su orden, ya que debió hacerlo, por primera vez, el día 26 del pasado mes.
Y deja claro otra cuestión: este paso de informar sobre las gestiones realizadas no es, «como las partes parecen erróneamente considerar, una mera rendición de cuenta sobre las gestiones realizadas», sino «la verificación del cumplimiento efectivo de lo ordenado».
«No se trata de justificar lo que se haya hecho, sino explicar y justificar por qué no se ha cumplido lo ordenado en el plazo establecido», reza el auto.
El Supremo concluye instando al Estado a que, de ahora en adelante, informe de sus actuaciones «en los plazos establecidos» y continúe las medidas iniciadas para la «inminente» integración de los menores afectados en el sistema de acogida de protección internacional.