El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha emitido una sentencia que pone fin al largo contencioso por la ocupación de terrenos en El Matorral por parte del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, sin expediente de expropiación previo, para la ejecución del Parque Urbano del Matorral. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha confirmado el justiprecio (valor indemnizatorio) fijado para dichos terrenos, cifrado en 4.461.484,48 euros, y ha establecido que sobre esa cantidad se devenguen intereses legales desde la fecha de ocupación en 2004. Esto implica que, sumados más de veinte años de intereses de demora, la indemnización total roza los 7,9 millones de euros, que deberán abonarse a los antiguos propietarios.
La sentencia considera que el Ayuntamiento ocupa los terrenos por vía de hecho, sin expediente expropiatorio tramitado, lo que activa el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa. El fallo reconoce que los terrenos fueron ocupados para la ejecución de un proyecto municipal con cargo al Plan de Infraestructuras Municipales (PIM), y que la fecha de desposesión efectiva fue el 30 de junio de 2004, cuando finalizaron las obras encargadas a la empresa CORORASA. Desde ese momento, se devengan intereses por el importe del justiprecio no abonado.
El origen: un parque ejecutado sobre suelo privado
El conflicto tiene su origen en la ejecución del llamado Parque Urbano del Matorral, desarrollado sobre varias parcelas incluidas en el Plan Parcial del Matorral. Según el informe técnico firmado por la arquitecta municipal en diciembre de 2004, los suelos en cuestión estaban clasificados como zonas dotacionales, espacios libres y viales del plan urbanístico. Sin embargo, la falta de un proceso de expropiación con sus debidos trámites administrativos —actas, tasación y pago— dio lugar a un proceso judicial que se ha prolongado durante años.
La sentencia precisa que parte de la finca ya había sido ocupada en los años 90 para la urbanización de calles como La Apañada, La Empleita, Amolán o Tabajoste. Sin embargo, la ocupación completa de las parcelas no se produjo hasta 2004, cuando el Ayuntamiento ejecutó obras en las zonas catalogadas como C, D y Y del Plan Parcial. La superficie ocupada asciende a unos 6.517 m², aunque el suelo afectado supera los 10.000 m² si se incluye la cesión obligatoria de viales.
Un problema heredado de anteriores corporaciones
En aquel momento, el Ayuntamiento de Puerto del Rosario estaba presidido por el entonces alcalde Manuel Travieso Darias. Bajo su mandato, se ejecutó la actuación sin que se resolviera la situación jurídica de los suelos, que permanecían en manos privadas. A pesar de la importancia del proyecto para dotar de espacios públicos al barrio de El Matorral, la omisión del procedimiento legal exigido para la expropiación ha derivado en una condena millonaria para las arcas municipales.
El caso pone de relieve las consecuencias de las ocupaciones irregulares por parte de las administraciones locales y subraya la importancia de tramitar de forma legal los procesos de obtención de suelo, especialmente en desarrollos urbanos derivados de planes parciales.
Impacto económico y previsión presupuestaria
Una de las consecuencias más relevantes de esta sentencia es la obligación inmediata de pago, algo que puede suponer un impacto en las cuentas públicas del municipio. No obstante, el Ayuntamiento ya había previsto esta contingencia en sus presupuestos municipales. En los ejercicios de 2024 y 2025 se contempló una partida específica para hacer frente a resoluciones judiciales vinculadas a expropiaciones y ocupaciones irregulares.
Este medio se ha puesto en contacto con el actual regidor, David de Vera, quien ha evitado entrar en detalles sobre el fallo, pero sí ha confirmado que la indemnización estaba contemplada en los presupuestos municipales y ha trasladado un mensaje de tranquilidad a la ciudadanía. De momento, la corporación estudia la posibilidad de interponer recurso ante el Tribunal Supremo, particularmente en lo relativo a la cuantía de los intereses reconocidos.
Una sentencia que marca un precedente
En definitiva, la sentencia del TSJC aclara los hechos: no se trata de una expropiación estatal ligada a la ampliación del aeropuerto, sino de una ocupación directa de terrenos privados por parte del Ayuntamiento, en el marco de un proyecto local de urbanización. Tras dos décadas de litigio, la justicia ha fijado una compensación que incluye intereses desde el año 2004. El Consistorio ha optado por actuar con responsabilidad y previsión presupuestaria, pero el caso deja una lección clara sobre la importancia del cumplimiento estricto de los procedimientos urbanísticos y de expropiación.
Nota del editor:
En una versión anterior de esta noticia se atribuía erróneamente la ocupación de los terrenos de El Matorral a una expropiación impulsada por el Estado en el marco de la ampliación del aeropuerto de Fuerteventura. Tras revisar documentación oficial, confirmamos que la ocupación fue realizada por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario en 2004, sin expediente expropiatorio previo, para la ejecución del Parque Urbano del Matorral. La corrección ha sido incorporada al cuerpo de la noticia. Pedimos disculpas por el error y reiteramos nuestro compromiso con la veracidad y el rigor informativo.