El BOC publica la resolución provisional de la convocatoria de subvenciones dirigidas a administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de carácter social en Canarias
La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias financia 90 programas destinados a la atención de la ciudadanía en materia de inmigración e inclusión social. El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publica la resolución provisional de la convocatoria de subvenciones para el año 2025 con una partida económica que ronda los siete millones de euros. En concreto, la convocatoria de ayudas de la Dirección General de Servicios Sociales establece dos líneas de subvenciones dirigidas a financiar proyectos vinculados a la inmigración y que tengan como materia la inclusión social.
La consejera de Bienestar Social, Candelaria Delgado, explica que estas ayudas financian “programas relacionados con la formación e inclusión de personas migrantes, solicitantes de asilo y protección internacional residentes en Canarias, así como programas que tienen como objetivo la atención a personas en situación de exclusión o en peligro de estarlo ante situaciones de vulnerabilidad social”.
Por su parte, la directora general de Servicios Sociales e Inmigración, Elisabet Santana, asegura que “nuestro objetivo es ayudar a ejecutar proyectos novedosos en el área social que impliquen la puesta en marcha de programas dirigidos a lograr la mejora de la calidad de vida de las personas residentes en Canarias, así como el acceso a unos servicios mínimos y de calidad”.
De esta forma, se concede de forma provisional financiación a 20 proyectos en materia de inmigración y 70 en materia de Inclusión Social (un total de 49 proyectos dirigidos a garantizar la intervención para la inclusión social y la atención a personas en situación de exclusión social; 4 programas de intervención en la comunidad y otros 17 programas que tienen como objetivo la atención integral a personas sin hogar).
Las entidades beneficiarias deberán comunicar la aceptación expresa de las ayudas en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ajustada al modelo normalizado que estará disponible en el procedimiento electrónico diseñado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias: SEDE ELECTRÓNICA . En caso de desestimación, las entidades interesadas podrán presentar escrito de alegaciones en el plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día de la publicación en el BOC, mediante el mismo procedimiento electrónico.
A esta línea de convocatoria de subvenciones pueden acogerse las Corporaciones Locales, Mancomunidades, y Agrupaciones de Municipios, Cabildos y sus organismos autónomos, Fundaciones y Universidades Públicas, así como entidades sin ánimo de lucro registradas y legalmente constituidas que cuyos fines y objetivos estatutarios estén dirigidos al ámbito social y/o colectivo susceptible de esta convocatoria.
Todas las entidades beneficiarias deberán desarrollar sus actividades de forma efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo el destino de la subvención contribuir a sufragar los costes de las actividades relacionadas con la prestación de servicios y/o actuaciones en las distintas áreas descritas en las bases de la convocatoria.

















