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Condenan al Ayuntamiento de Telde (Las Palmas) por autorizar el entierro de un extraño en un nicho familiar

Por Redacción
hace 4 días
en Tribunales
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El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Ayuntamiento de Telde (Las Palmas) a indemnizar con 2.500 euros a una familia de aquella localidad por los daños morales que les causó descubrir que el nicho donde descansaban los restos de sus familiares en el cementerio municipal había sido ocupado con el cuerpo de una persona desconocida. 

La sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, considera acreditada la relación entre el defectuoso funcionamiento del servicio público municipal y el daño causado a la familia, y ordena que se resarza a los demandantes tanto por el impedimento de enterrar a sus fallecidos en el nicho usurpado durante cinco años como por la incertidumbre que ahora les afecta, pues no saben si cuando se inhumó el cadáver extraño se retiraron los restos de sus deudos, y a dónde fueron llevados estos, en caso afirmativo.   

Recuerda el fallo que en el propio Ayuntamiento demandado reconoció en 2023 que en el nicho propiedad de los recurrentes se había inhumado por error el cadáver de una persona ajena a la familia. 

Apunta además la sentencia otra prueba de legitimación de la familia propietaria del nicho: que, en mayo de 2023, el Ayuntamiento acordó la cesión a la familia de un “nicho alternativo”.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Ayuntamiento de Telde (Las Palmas) a indemnizar con 2.500 euros a una familia de aquella localidad por los daños morales que les causó descubrir que el nicho donde descansaban los restos de sus familiares en el cementerio municipal había sido ocupado con el cuerpo de una persona desconocida. 

La sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, considera acreditada la relación entre el defectuoso funcionamiento del servicio público municipal y el daño causado a la familia, y ordena que se resarza a los demandantes tanto por el impedimento de enterrar a sus fallecidos en el nicho usurpado durante cinco años como por la incertidumbre que ahora les afecta, pues no saben si cuando se inhumó el cadáver extraño se retiraron los restos de sus deudos, y a dónde fueron llevados estos, en caso afirmativo.   

Recuerda el fallo que en el propio Ayuntamiento demandado reconoció en 2023 que en el nicho propiedad de los recurrentes se había inhumado por error el cadáver de una persona ajena a la familia. 

Apunta además la sentencia otra prueba de legitimación de la familia propietaria del nicho: que, en mayo de 2023, el Ayuntamiento acordó la cesión a la familia de un “nicho alternativo”.

Etiquetas: AdministrativoAyuntamiento de Teldedaños moralesEl Juzgado de lo ContenciosoLas Palmas de Gran Canaria
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