El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en todos sus términos la sentencia de la Audiencia de Las Palmas que en el pasado otoño impuso un total de 17 años y 15 meses de prisión a un vecino de Santa María de Guía (Las Palmas) por asaltar la vivienda de unos vecinos, apuñalar gravemente a dos personas e intentar prender fuego a la edificación. La sentencia de apelación confirma igualmente la condena a tres años a la cómplice del principal acusado.
Los hechos probados sitúan el caso en la noche del 22 de julio de 2021, cuando uno de los acusados accedió a la propiedad de las víctimas, se abalanzó sobre una de ellas y la apuñaló en varias ocasiones, causó desperfectos en distintos vehículos y en la vivienda e intentó provocar un incendio en el acceso principal. La sentencia recoge también que, en el transcurso de la agresión, el acusado profirió expresiones como “sal cobarde que te voy a matar”, “vas a morir” y “llega la hora de vuestra muerte”.
Añade que, cuando dos familiares de los asaltados (la hermana de la mujer y su esposo) llegaron a la casa para intentar auxiliar a las víctimas, el principal acusado apuñaló a este último en el pecho.
La Sala concluye que no procede revisar el relato fáctico ni apreciar las nulidades y atenuantes alegadas por las defensas, al entender que la sentencia de instancia está correctamente motivada y que la prueba valorada acredita la participación de los condenados en los hechos.
En consecuencia, se mantienen las penas de prisión, las prohibiciones de aproximación y comunicación durante 12 y 10 años, respectivamente, y el pago de las indemnizaciones reconocidas a las víctimas.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en todos sus términos la sentencia de la Audiencia de Las Palmas que en el pasado otoño impuso un total de 17 años y 15 meses de prisión a un vecino de Santa María de Guía (Las Palmas) por asaltar la vivienda de unos vecinos, apuñalar gravemente a dos personas e intentar prender fuego a la edificación. La sentencia de apelación confirma igualmente la condena a tres años a la cómplice del principal acusado.
Los hechos probados sitúan el caso en la noche del 22 de julio de 2021, cuando uno de los acusados accedió a la propiedad de las víctimas, se abalanzó sobre una de ellas y la apuñaló en varias ocasiones, causó desperfectos en distintos vehículos y en la vivienda e intentó provocar un incendio en el acceso principal. La sentencia recoge también que, en el transcurso de la agresión, el acusado profirió expresiones como “sal cobarde que te voy a matar”, “vas a morir” y “llega la hora de vuestra muerte”.
Añade que, cuando dos familiares de los asaltados (la hermana de la mujer y su esposo) llegaron a la casa para intentar auxiliar a las víctimas, el principal acusado apuñaló a este último en el pecho.
La Sala concluye que no procede revisar el relato fáctico ni apreciar las nulidades y atenuantes alegadas por las defensas, al entender que la sentencia de instancia está correctamente motivada y que la prueba valorada acredita la participación de los condenados en los hechos.
En consecuencia, se mantienen las penas de prisión, las prohibiciones de aproximación y comunicación durante 12 y 10 años, respectivamente, y el pago de las indemnizaciones reconocidas a las víctimas.










