• Último
  • Tendencias

La jueza se declara sin jurisdicción ante una presunta violación en una patera fuera de aguas españolas

21/10/2026
La lucha canaria busca prolongar su dominio internacional en el Mundial de Ssireum de Corea del Sur

La lucha canaria busca prolongar su dominio internacional en el Mundial de Ssireum de Corea del Sur

21/10/2026
da

DRESIDUOS ECOVER consigue licencia Marpol en el Puerto de Las Palmas

21/10/2026
CC

Puertos de Las Palmas actualiza su centro de proceso de datos

21/10/2026

Una mujer herida carácter moderado tras el vuelco de su vehículo en Gran Canaria

21/10/2026
Homenaje a Lola Suárez en el Día de las Escritoras Canarias

Homenaje a Lola Suárez en el Día de las Escritoras Canarias

21/10/2026
El Teatro Guiniguada acoge ‘La Coreana’: dramaturgia con sello de la generación Z

El Teatro Guiniguada acoge ‘La Coreana’: dramaturgia con sello de la generación Z

21/10/2026
‘La rebelión de las parias’: teatro para recuperar las voces de mujeres silenciadas por la historia

‘La rebelión de las parias’: teatro para recuperar las voces de mujeres silenciadas por la historia

21/10/2026
Turismo potencia eventos con mayor beneficio para el destino en la séptima convocatoria de patrocinios

Turismo potencia eventos con mayor beneficio para el destino en la séptima convocatoria de patrocinios

21/10/2026
Una veintena de organizaciones canarias conoce en Bruselas herramientas y mecanismos de apoyo empresarial de la UE

Una veintena de organizaciones canarias conoce en Bruselas herramientas y mecanismos de apoyo empresarial de la UE

21/10/2026
El Gobierno de Canarias autoriza la recolección de lapas en el noroeste de El Hierro

El Gobierno de Canarias autoriza la recolección de lapas en el noroeste de El Hierro

21/10/2026
El Hospital Doctor Negrín obtiene el certificado del Sistema de Gestión Ambiental de AENOR

El Hospital Doctor Negrín obtiene el certificado del Sistema de Gestión Ambiental de AENOR

21/10/2026
Sanidad notifica un brote de meningitis vírica con tres casos asociados en la isla de El Hierro

Sanidad notifica un brote de meningitis vírica con tres casos asociados en la isla de El Hierro

21/10/2026
miércoles, 21 octubre, 2026
  • Iniciar sesión
El Regional
  • Portada
  • Canarias
    • Parlamento
    • Tenerife
    • Gran Canaria
    • Fuerteventura
    • Lanzarote
    • La Palma
    • El Hierro
    • La Gomera
  • Economía
    • Sector Primario
    • Tecnología
  • Turismo
  • Cultura
  • Social
    • Empleo
    • Educación
    • Juventud
    • Educación
    • Sanidad
  • Política
  • Sucesos
    • Policial y Judicial
    • Tribunales
  • Deportes
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Regional
Sin resultados
Ver todos los resultados

La jueza se declara sin jurisdicción ante una presunta violación en una patera fuera de aguas españolas

Por Redacción
hace 1 hora
en Tribunales
A A
Compartir en FacebookCompartir en WhatsApp

El Tribunal de Instancia de Arrecife de Lanzarote (Las Palmas) ha declarado la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para conocer de la denuncia por presuntos actos de violencia sexual cometidos durante la travesía de una embarcación neumática desde Agadir, en Marruecos, hasta Canarias, y ha acordado el archivo de las actuaciones en España.

La resolución, dictada por la Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer en funciones de instrucción, subraya desde el principio que no entra a valorar si los hechos ocurrieron o no. El propio auto señala que “esta decisión no contiene juicio alguno sobre la veracidad de la denuncia, la existencia del delito o la participación de los investigados”.

El archivo se debe exclusivamente a que ningún criterio legal permite a los jueces españoles investigar lo sucedido, y la parte dispositiva lo deja claro al ordenar el archivo “sin pronunciamiento sobre el fondo de los hechos denunciados”.

El procedimiento se inició tras la denuncia de una mujer natural de Guinea que, a su llegada a Canarias, relató haber sufrido violencia sexual por parte de otros ocupantes de la patera. Durante la investigación se tomó declaración a la denunciante, se practicaron reconocimientos e informes médicos y periciales y se identificó a tres investigados, dos de nacionalidad maliense y uno de Burkina Faso. El juzgado de guardia decretó su prisión provisional el 19 de septiembre y el órgano titular de la causa la ratificó el 21 de septiembre. Tras el informe del Ministerio Fiscal, que pidió la libertad inmediata de los investigados por falta de competencia de los tribunales españoles, el 24 de septiembre se acordó su puesta en libertad.

Según el auto, la propia declaración de la víctima sitúa los hechos en el segundo y tercer día de navegación, en una travesía que duró tres o cuatro días hasta el puerto de Arrecife. La resolución recuerda que la distancia entre Agadir y las costas canarias es de unas 222 millas, mientras que el mar territorial español se extiende hasta las doce millas náuticas. Estos elementos, concluye, sitúan los episodios denunciados fuera de las aguas españolas.

Tampoco consta que la embarcación enarbolase pabellón español, por lo que, en palabras de la jueza, “no concurre el título de jurisdicción del artículo 23.1 LOPJ”. La denuncia presentada después en España o la identificación de los investigados no modifican, añade, el lugar en que presuntamente se cometió el delito.

Jurisdicción extraterritorial

El auto examina a continuación si podía fundarse la jurisdicción española en la jurisdicción extraterritorial prevista para los delitos regulados en el Convenio de Estambul, firmado en 2011 por el Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra la mujer. El artículo 23.4.l de la Ley Orgánica del Poder Judicial exige que el procedimiento se dirija contra un español, contra un extranjero residente habitual en España, o que la víctima tuviera nacionalidad española o residencia habitual en España en el momento de los hechos, y en este último supuesto que el investigado se encuentre en territorio español. La resolución concluye que no se da ninguno de estos supuestos. Los investigados son de Mali y Burkina Faso y no consta que residieran en España, y la denunciante, de nacionalidad guineana, no era española ni residía habitualmente en España cuando ocurrieron los hechos.

El juzgado rechaza expresamente que la llegada de la víctima a Canarias pueda suplir esa exigencia. Según el auto, “su llegada a Canarias y su estancia posterior en territorio español no equivalen a la residencia habitual exigida por el precepto en el momento de la presunta agresión”. Y añade que el legislador español exige que el requisito concurra al tiempo de los hechos, “por lo que no basta la residencia o presencia adquirida tras la llegada de la embarcación”.

La resolución también analiza el artículo 44 del propio Convenio de Estambul, que enumera los criterios de jurisdicción de las partes, y concluye que ninguno atribuye competencia a España en este caso. Su segundo apartado se limita a instar a los Estados a que procuren establecer competencia cuando la víctima sea nacional o residente habitual, lo que tampoco ocurre aquí.

Como consecuencia de la falta de jurisdicción, el auto declara que la prisión provisional de los tres investigados “carece de fundamento para subsistir”, lo que explica la libertad acordada el 24 de septiembre.

Pese al archivo, la jueza no quiere que la denuncia y las pruebas reunidas queden en nada. El auto afirma que la falta de jurisdicción española “no debe impedir que los hechos denunciados y las pruebas recogidas puedan ser conocidos por autoridades que eventualmente dispongan de un título para investigarlos”. Por ello ordena deducir testimonio de la denuncia, de las declaraciones, de las diligencias de identificación, de los informes médicos y periciales y de las demás actuaciones pertinentes, conservando la documentación original en la causa.

Cuatro países

Ese testimonio se remitirá al Ministerio de Justicia para su traslado a las autoridades del Reino de Marruecos, país de salida de la embarcación y lugar de posible comisión de los hechos, al amparo de los artículos 17 y 23 del convenio bilateral de asistencia judicial en materia penal entre España y Marruecos, que prevén la transmisión de denuncias de hechos a efectos de iniciar actuaciones. El Ministerio de Justicia deberá además determinar el cauce adecuado para comunicar los hechos a las autoridades de Mali y Burkina Faso, países de origen de los investigados, y de Guinea, país de la víctima, con intervención del Ministerio de Asuntos Exteriores cuando sea necesario. El juzgado pide que se le informe del curso dado a estas remisiones.

La resolución aclara que este paso no prejuzga nada sobre la competencia de esos Estados. Según el auto, “esta comunicación no supone declarar competente a ninguno de dichos Estados”, y corresponderá a sus autoridades valorar si disponen de título de jurisdicción conforme a su propia legislación, con independencia de que sean o no partes del Convenio de Estambul.

El Tribunal de Instancia de Arrecife de Lanzarote (Las Palmas) ha declarado la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para conocer de la denuncia por presuntos actos de violencia sexual cometidos durante la travesía de una embarcación neumática desde Agadir, en Marruecos, hasta Canarias, y ha acordado el archivo de las actuaciones en España.

La resolución, dictada por la Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer en funciones de instrucción, subraya desde el principio que no entra a valorar si los hechos ocurrieron o no. El propio auto señala que “esta decisión no contiene juicio alguno sobre la veracidad de la denuncia, la existencia del delito o la participación de los investigados”.

El archivo se debe exclusivamente a que ningún criterio legal permite a los jueces españoles investigar lo sucedido, y la parte dispositiva lo deja claro al ordenar el archivo “sin pronunciamiento sobre el fondo de los hechos denunciados”.

El procedimiento se inició tras la denuncia de una mujer natural de Guinea que, a su llegada a Canarias, relató haber sufrido violencia sexual por parte de otros ocupantes de la patera. Durante la investigación se tomó declaración a la denunciante, se practicaron reconocimientos e informes médicos y periciales y se identificó a tres investigados, dos de nacionalidad maliense y uno de Burkina Faso. El juzgado de guardia decretó su prisión provisional el 19 de septiembre y el órgano titular de la causa la ratificó el 21 de septiembre. Tras el informe del Ministerio Fiscal, que pidió la libertad inmediata de los investigados por falta de competencia de los tribunales españoles, el 24 de septiembre se acordó su puesta en libertad.

Según el auto, la propia declaración de la víctima sitúa los hechos en el segundo y tercer día de navegación, en una travesía que duró tres o cuatro días hasta el puerto de Arrecife. La resolución recuerda que la distancia entre Agadir y las costas canarias es de unas 222 millas, mientras que el mar territorial español se extiende hasta las doce millas náuticas. Estos elementos, concluye, sitúan los episodios denunciados fuera de las aguas españolas.

Tampoco consta que la embarcación enarbolase pabellón español, por lo que, en palabras de la jueza, “no concurre el título de jurisdicción del artículo 23.1 LOPJ”. La denuncia presentada después en España o la identificación de los investigados no modifican, añade, el lugar en que presuntamente se cometió el delito.

Jurisdicción extraterritorial

El auto examina a continuación si podía fundarse la jurisdicción española en la jurisdicción extraterritorial prevista para los delitos regulados en el Convenio de Estambul, firmado en 2011 por el Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra la mujer. El artículo 23.4.l de la Ley Orgánica del Poder Judicial exige que el procedimiento se dirija contra un español, contra un extranjero residente habitual en España, o que la víctima tuviera nacionalidad española o residencia habitual en España en el momento de los hechos, y en este último supuesto que el investigado se encuentre en territorio español. La resolución concluye que no se da ninguno de estos supuestos. Los investigados son de Mali y Burkina Faso y no consta que residieran en España, y la denunciante, de nacionalidad guineana, no era española ni residía habitualmente en España cuando ocurrieron los hechos.

El juzgado rechaza expresamente que la llegada de la víctima a Canarias pueda suplir esa exigencia. Según el auto, “su llegada a Canarias y su estancia posterior en territorio español no equivalen a la residencia habitual exigida por el precepto en el momento de la presunta agresión”. Y añade que el legislador español exige que el requisito concurra al tiempo de los hechos, “por lo que no basta la residencia o presencia adquirida tras la llegada de la embarcación”.

La resolución también analiza el artículo 44 del propio Convenio de Estambul, que enumera los criterios de jurisdicción de las partes, y concluye que ninguno atribuye competencia a España en este caso. Su segundo apartado se limita a instar a los Estados a que procuren establecer competencia cuando la víctima sea nacional o residente habitual, lo que tampoco ocurre aquí.

Como consecuencia de la falta de jurisdicción, el auto declara que la prisión provisional de los tres investigados “carece de fundamento para subsistir”, lo que explica la libertad acordada el 24 de septiembre.

Pese al archivo, la jueza no quiere que la denuncia y las pruebas reunidas queden en nada. El auto afirma que la falta de jurisdicción española “no debe impedir que los hechos denunciados y las pruebas recogidas puedan ser conocidos por autoridades que eventualmente dispongan de un título para investigarlos”. Por ello ordena deducir testimonio de la denuncia, de las declaraciones, de las diligencias de identificación, de los informes médicos y periciales y de las demás actuaciones pertinentes, conservando la documentación original en la causa.

Cuatro países

Ese testimonio se remitirá al Ministerio de Justicia para su traslado a las autoridades del Reino de Marruecos, país de salida de la embarcación y lugar de posible comisión de los hechos, al amparo de los artículos 17 y 23 del convenio bilateral de asistencia judicial en materia penal entre España y Marruecos, que prevén la transmisión de denuncias de hechos a efectos de iniciar actuaciones. El Ministerio de Justicia deberá además determinar el cauce adecuado para comunicar los hechos a las autoridades de Mali y Burkina Faso, países de origen de los investigados, y de Guinea, país de la víctima, con intervención del Ministerio de Asuntos Exteriores cuando sea necesario. El juzgado pide que se le informe del curso dado a estas remisiones.

La resolución aclara que este paso no prejuzga nada sobre la competencia de esos Estados. Según el auto, “esta comunicación no supone declarar competente a ninguno de dichos Estados”, y corresponderá a sus autoridades valorar si disponen de título de jurisdicción conforme a su propia legislación, con independencia de que sean o no partes del Convenio de Estambul.

Etiquetas: DenunciaJurisdicciónLas PalmasTribunal de Instancia de Arrecife de Lanzaroteviolencia sexual
Compartir28Enviar

Se esta hablando de…

Cofradía de Pescadores Nuestra Señora de los Reyes Agencia Estatal de Meteorología Canarias Escribe Teatro Alerta por lluvias Carretera Alejandro Blanco Actividad Física y Deportes Aviso Carla Verona Artes escénicas Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad camión Comité Olímpico Español Autoridad Portuaria de Las Palmas accidente Comisión de Gestión Medioambiental y Canarias centro de proceso de datos Arbitraje Deportivo archipiélago

Sucesos

Sucesos

Una mujer herida carácter moderado tras el vuelco de su vehículo en Gran Canaria

21/10/2026
El Gobierno de Canarias actualiza la situación, pasando a prealerta por lluvias en todo el archipiélago
Sucesos

El Gobierno de Canarias actualiza la situación, pasando a prealerta por lluvias en todo el archipiélago

21/10/2026
El sistema de aviso a la población en caso de emergencia ES-Alert se prueba mañana jueves 22 de octubre en Tenerife
Sucesos

El sistema de aviso a la población en caso de emergencia ES-Alert se prueba mañana jueves 22 de octubre en Tenerife

21/10/2026
El Gobierno actualiza la situación pasando a prealerta por lluvias en El Hierro, La Palma, Tenerife y Fuerteventura
Sucesos

El Gobierno actualiza la situación pasando a prealerta por lluvias en El Hierro, La Palma, Tenerife y Fuerteventura

20/10/2026
El Regional

2025 © Pro.Majoreras

Tu medio digital para entender la actualidad del archipiélago.

Síguenos en las RRSS

!Bienvenido de Nuevo!

Inicie sesión en su cuenta

¿Contraseña olvidada?

Recupere su contraseña

Por favor ingrese su nombre de usuario o dirección de correo electrónico para restablecer su contraseña.

Iniciar sesión
imunify-bot-check
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Portada
  • Canarias
    • Parlamento
    • Tenerife
    • Gran Canaria
    • Fuerteventura
    • Lanzarote
    • La Palma
    • El Hierro
    • La Gomera
  • Economía
    • Sector Primario
    • Tecnología
  • Turismo
  • Cultura
  • Social
    • Empleo
    • Educación
    • Juventud
    • Educación
    • Sanidad
  • Política
  • Sucesos
    • Policial y Judicial
    • Tribunales
  • Deportes

2025 © Pro.Majoreras

Este sitio web utiliza cookies. Al continuar utilizando este sitio web usted está dando su consentimiento para el uso de cookies. Visite nuestra Política de privacidad y cookies.