A propósito del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Los datos explican la entrada en vigor del denominado Ingreso Mínimo Vital (IMV): en nuestro país, 9,9 millones de personas (21 %) en cuatro millones de hogares se encuentran en riesgo de pobreza. La situación es más grave entre los menores: más del 26 % de los niños de menos de dieciséis años viven en unidades familiares con ingresos inferiores al umbral de la pobreza, situación que se agrava en los hogares monoparentales, particularmente vulnerables, además, a la volatilidad de ingresos.
Por Salvador García Llanos
Con el IMV se ha tratado de mitigar la situación, resumida por el relator especial de Naciones Unidas que cursó una visita oficial a nuestro país: “La tasa de paro del 13,78% es más del doble de la que presenta la media de la UE y la situación de los y las jóvenes es particularmente angustiante, con una tasa de paro del 30,51% entre menores de 25 años. Las cifras de empleo ocultan una de las tasas más altas de pobreza activa de la UE, donde muchas personas trabajan en empleos mal pagados, a tiempo parcial o temporales, y ganan salarios lamentablemente inadecuados para cubrir las necesidades fundamentales. La desigualdad también es sorprendentemente alta, con indicadores muy por encima de los promedios de la UE”.
El Real Decreto Ley 20/2020 que regula el IMV trata de garantizar un nivel mínimo de renta para quienes se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica. Es una medida contra la pobreza que, además, consigna para sus beneficiarios herramientas de ayuda a la inserción laboral.
La pregunta es si está resultando útil. Y la respuesta está en los datos estadísticos porque la a aprobación del IMV dio paso a un auténtico aluvión de peticiones, de las que la mayoría fueron desestimadas (las cifras de aprobación están entre el 25% y el 30%). Según datos del pasado mes de octubre, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha aprobado trescientas treinta y seis mil novecientas treinta y tres prestaciones de IMV, con prácticamente ochocientas mil personas beneficiarias (38% de las cuales son menores de edad).
Ante las malas cifras obtenidas en los primeros meses de aplicación del IMV, se vio la necesidad de realizar ajustes y revisiones para poder dar cobertura al mayor número de personas en el menor tiempo posible. Actualmente se encuentra en tramitación una Ley Reguladora del Ingreso Mínimo Vital.
Pero hay que reconocer la complejidad de esta prestación. Los expertos indican que es todo un reto definir quiénes conforman una unidad de convivencia, qué se entiende por vulnerabilidad económica, qué excepciones hay a la hora de acreditar la residencia legal de un año en España o la vida independiente, cuáles son las excepciones a la edad de acceso ordinaria de veintitrés años. Pretender proteger innumerables situaciones cambiantes, desde luego, no resulta sencillo. A las dificultades antedichas, se sumaba además la formalidad administrativa de que la solicitud del IMV solo pudiese realizarse por vía telemática. Una prestación destinada a personas en situación de pobreza severa y, con ello, con serias dificultades para acceder, en tiempos de pandemia, a la tecnología. Como solución se ha permitido presentar la petición por correo ordinario y se han firmado convenios con entidades que ayuden a los potenciales beneficiarios en su preparación de su solicitud.
Lo que se quiere y lo que realmente importa es llegar con eficacia a quienes de verdad lo necesitan. Llegar a quienes verdaderamente lo necesiten. Se trata, por una parte, de proporcionar una adecuada protección a las distintas, diversas y multiformes situaciones de necesidad que puedan concurrir. Y por otra, evitar fraudes en su percepción, teniendo en cuenta que su duración se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho al IMV.
Esta lucha ha producido desgarros por los que, muchas veces, tal como se reconoce en las propias instancias oficiales, la prestación no ha acabado de llegar a quienes más la necesitan.